Corte Constitucional ordena a alcaldía de Ataco proteger entornos escolares sobre bares y ruidos cercanos

La Corte Constitucional amparó los derechos a la vida, la integridad y la educación de estudiantes, y ordenó a la alcaldía de Ataco regular el funcionamiento y los horarios de bares cercanos a un colegio, conforme a la Ley 2450 de 2025.

En este sentido, el alcalde de Ataco, Héctor Fabio Muñoz Briñez, señaló que la administración municipal acatará el fallo del alto tribunal para proteger los derechos de los alumnos de un colegio de este municipio.

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En la sentencia T-003 de 2026, el alto tribunal amparó los derechos fundamentales de los alumnos de la Institución Educativa Técnica Martín Pomala –sede Camilo Torres, en el casco urbano del sureño municipio.

La acción de tutela fue promovida por el personero municipal, quien alertó sobre problemas de convivencia asociados a bares y comercios ubicados en inmediaciones del establecimiento educativo.

Respecto a la decisión de la corte, el alcalde Muñoz dijo que el municipio ya viene adoptando algunas medidas para regular el funcionamiento de estos establecimientos que expenden bebidas alcohólicas.

“Sacamos un decreto donde prohibimos la venta de licor en todo el territorio del municipio hasta las 2 de la tarde todos los días hábiles”, señaló el mandatario.

El mandatario local afirmó que su administración le dará cumplimiento a lo dispuesto por la Corte y adelantará las acciones necesarias para garantizar el entorno de las instituciones educativas.

En su análisis, el alto tribunal destacó que la Ley 2450 de 2025, conocida como Ley contra el Ruido, establece como eje central el control de la contaminación acústica que afecte la convivencia y la tranquilidad ciudadana.

Vale mencionar que los  alcaldes, como primera autoridad de policía en los municipios, tienen la obligación de asegurar la convivencia, regular el uso del suelo y adoptar políticas que armonicen la actividad económica con la protección de derechos fundamentales.