Ministerio de Salud reglamento reapertura de mataderos municipales

Foto de archivo

Mediante estrictas medidas sanitarias, el gobierno nacional emitió el decreto con el cual se autoriza la reapertura de pequeños mataderos municipales.

Vale recordar que en agosto de este año, el Gobierno, en cabeza del ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, anunció que estaba trabajando en un decreto con el objetivo de reabrir las plantas de beneficio animal en pequeñas poblaciones.

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En este sentido, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió el Decreto 2016 de 2023, con el cual se reglamenta el funcionamiento de las plantas de beneficio animal o mataderos municipales, en la categoría de autoconsumo, los cuales deberán tener viabilidad del Invima para abastecer de carne a los consumidores, modificando el Decreto 1500 de 2015 que fue el que extremó las medidas de seguridad en estos establecimientos. 

La reapertura de los mataderos municipales permite que los campesinos puedan volver a comercializar sus productos y competir con los monopolios de los frigoríficos, que han elevado el precio interno de la carne, indicó el ministro de Salud, Guillermo Jaramillo.

“Junto con el Invima vigilaremos y controlaremos estos centros de sacrificio para que funcionen con todos los reglamentos y condiciones sanitarias que exige la salud pública», enfatizó el alto funcionario. 

Estas plantas de beneficio de autoconsumo solo podrán ser autorizadas en municipios que cumplan con los siguientes criterios.

 La planta debe estar ubicada en municipios de 5 o 6 categorías, de acuerdo con la Ley 61​7 de 2000, o aquella que la modifique o sustituya.

 Que en el municipio donde esté ubicada la planta no se encuentren autorizadas plantas de beneficio animal de categoría nacional.

 Estar incluido en el Plan de Racionalización de Plantas de Beneficio Animal adoptado en el departamento o que figure como no acogido.

El decreto 2016 también incorpora disposiciones en materia de verificación microbiológica, análisis de peligros y puntos críticos de control, transporte de carne y productos cárnicos comestibles, cumplimiento de normatividad ambiental y verificación de requisitos de ordenamiento territorial.

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