El Tribunal Administrativo del Tolima declaró la nulidad de la elección de Héctor Fabio Muñoz Briñes como alcalde del municipio de Ataco para el periodo 2024-2027
De acuerdo con la sentencia emitida por el contencioso-administrativo del Tolima, la decisión de declarar la nulidad del acto de elección del alcalde del municipio de Ataco se da, luego de considerar que Muñoz Briñez incurrió en la causal de doble militancia, tal como sé específica en el artículo 2° de la Ley 1475 de 2011.
Vale mencionar que, para las elecciones del año 2019, Héctor Fabio Muñoz Briñez se hizo elegir concejal del municipio de Ataco, con el aval del Partido Alianza Social Independiente (ASI).
Sin embargo, para el mes de mayo de 2023, Muñoz Briñez renunció a su cargo de concejal y se inscribió como candidato a la alcaldía de su municipio con el aval del Partido Nueva Fuerza Democrática.
La personería jurídica de este último partido fue restaurada en marzo de 2023, permitiendo que antiguos miembros y simpatizantes se unieran sin incurrir en doble militancia, siempre y cuando respetaran los plazos legales establecidos.
El demandante, Juan José Ospina Marín, dice que Muñoz Briñez no cumplió con la normativa vigente, que exige que un candidato debe renunciar a su partido anterior al menos 12 meses antes de postularse o ser inscrito como candidato de otro partido.
Según el demandante Ospina Marín, el alcalde Héctor Fabio Muñoz Briñez, no acato este requisito, debido a que su renuncia al concejo y su registro como candidato a la alcaldía sucedieron en un plazo mucho más corto, infringiendo así la Ley 1475 de 2011.
Asu turno, Héctor Fabio Muñoz Briñez asegura que su actuación se realizó en el marco de la ley, afirmando que su larga vinculación con la Nueva Fuerza Democrática, así como los cambios recientes en la personería jurídica del partido, le permitían registrarse como candidato sin incurrir en doble militancia.
Así mismo, subrayó que su renuncia y posterior inscripción se ejecutaron de conformidad con las excepciones otorgadas por el Consejo Nacional Electoral en casos de reinstauración de partidos.
De acuerdo con las pruebas avaladas por el Contencioso administrativo del Tolima, el organismo tomó la decisión de anular la elección, por considerar que Muñoz Briñez efectivamente incurrió en doble militancia. La sentencia concluye que el tiempo transcurrido entre su renuncia al ASI y su inscripción con la Nueva Fuerza Democrática no cumplió con los 12 meses exigidos por la ley.
En este sentido, el tribunal ordenó la anulación de la elección de Héctor Fabio Muñoz Briñez como alcalde de Ataco, revocando su credencial. Además, se ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Consejo Nacional Electoral, convocar nuevas elecciones para elegir al alcalde del municipio de Ataco para el periodo 2024-2027.
Es de mencionar que este fallo tiene recurso de apelación ante el Consejo de Estado, quien tendrá la última palabra en este caso; por el momento el alcalde se mantendrá en su cargo.
Tomado en parte de Ondas de Ibagué
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